El Ayuntamiento de Yunquera firmará este viernes un convenio con el Consorcio Energético de la Campiña para la encomienda de gestión del alumbrado público exterior

EN EL ACTO QUE, TENDRÁ LUGAR A LAS 12 HORAS EN EL SALON DE PLENOS DEL CONSISTORIO CAMPIÑERO, TAMBIÉN PARTICIPARÁN LOS ALCALDES DE AZUQUECA DE HENARES, FONTANAR, MARCHAMALO, QUER, TORREJÓN DEL REY Y UCEDA

El viernes 22 de marzo a las 12:00 horas se firmará en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Yunquera de Henares el Convenio de encomienda de gestión del alumbrado público exterior a favor del Consorcio Energético de la Campiña.

En el acto participarán los alcaldes de los siguientes Municipios: Azuqueca de Henares, Fontanar, Marchamalo, Quer, Torrejón del Rey, Uceda y Yunquera de Henares, además del Presidente del Consorcio, D. José Luis Blanco, y el Presidente de ADAC, D. Vicente Hita.

Los Plenos de los Ayuntamientos reseñados, a lo largo de los meses de noviembre y diciembre, han acordado encomendar la gestión de la contratación de la prestación del servicio integral de iluminación exterior de cada uno de ellos a favor del Consorcio Energético de la Campiña.

El Consorcio, constituido el 07 de diciembre de 2012, tiene como objeto optimizar la gestión de la energía consumida por los socios en la prestación de servicios públicos propios de sus competencias y promover la incorporación de nuevas fuentes energéticas al funcionamiento de infraestructuras, instalaciones y servicios; encontrándose entre sus fines fomentar el ahorro y la eficiencia energética en la prestación de servicios públicos; y entre sus competencias, instaurar medidas de ahorro y eficiencia energética en instalaciones, edificios e infraestructuras.

El objeto de la encomienda, es la de dotar a estos Ayuntamientos de los recursos técnicos y económicos suficientes para la prestación del servicio de alumbrado público exterior que legalmente le corresponden, conforme a los condicionantes que a continuación se describen; con criterios de complementariedad, economía y coordinación dentro del marco legal vigente. El plazo máximo de duración de la encomienda será de 15 años, contados desde la fecha de inicio de la prestación de los servicios.