Acta sesión extraordinaria del 07 de Noviembre de 2006

  Señores asistentes:

Alcalde-Presidente:
D. José Luis González León

Concejales:
Dª Mª Teresa Garralón Hurtado.
D. José Luis Martínez Ballesteros.
D. Francisco Romero Serrano.
D. Mariano Zurita Gil.
Dª Mª del Carmen Beltrán Serrano.
D. Eugenio Molina Sánchez.
Dª Esther Taracena Lafuente.

No asisten:
Dª Mª Antonia Pérez León.
D. César García Navarro.
D. Guillermo Rivero Arminio.

Secretario-interventor:
D. Julio Lobit Pérez.

Vicesecretario-interventor:
D. José Luis Cabrera Valdivia.

    En Yunquera de Henares, siendo las veinte horas del día siete de noviembre de dos mil seis, y previa convocatoria al efecto, se reunieron en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los señores concejales anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. José Luis González León, y asistidos del secretario, D. Julio Lobit Pérez, y del interventor, D. José Luis Cabrera Valdivia,  al objeto de celebrar sesión extraordinaria del Pleno de esta Corporación.

    Advertido quórum suficiente para celebrar sesión, conforme al art. 46.2.c.) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Bases del Régimen Local, el Sr. Presidente declara abierta la sesión, pasándose a estudiar el Orden del Día.

PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
    No formulándose ninguna objeción al borrador del acta de la sesión anterior, ésta es aprobada por unanimidad.

SEGUNDO.- APROBACION INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 9 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL.
   Vista la modificación puntual nº 9 de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal que clasifica como suelo no urbanizable especialmente protegido el situado al este del río Henares hasta el límite del término municipal; vistos los informes de los municipios limítrofes,  de la Consejería de Medio Ambiente y la evaluación ambiental preliminar; examinadas las alegaciones formuladas por Promociones y Fomentos Humanes, S.L. y por Dacha 2002, S.L., y de conformidad con el informe de contestación a las mismas emitido por el arquitecto redactor de la modificación, con el informe jurídico de la secretaría-intervención, y con el dictamen de la  Comisión Informativa, el Pleno por unanimidad acuerda:
    Primero.-  aprobar inicialmente la modificación puntual número nueve de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal, incorporando al texto de la misma la evaluación ambiental preliminar, la relación de toda la legislación ambiental vigente que le afecte y la ampliación de la justificación de la modificación en los términos del informe de contestación a las alegaciones emitido por el arquitecto redactor.
    Segundo.- desestimar las alegaciones presentadas en base a los informes técnico y jurídico citados.

TERCERO.- APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAZAS FISCALES.
    Visto el expediente de modificación de Ordenanzas fiscales tramitado con la finalidad de actualizar los importes de las tasas, de paliar el incremento de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por la revisión de los valores catastrales, así como de introducir algunos aspectos relacionados con la mejora de la gestión tributaria; visto el informe favorable de la secretaría, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Cuentas, el Pleno por unanimidad acuerda:
    Primero.- Modificar el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana establecido en el apartado 1 del artículo tercero de la Ordenanza fiscal reguladora de los elementos precisos para la determinación de las cuotas tributarias del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, fijándolo en el 0,67 por ciento.
    Segundo.- Aprobar la modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales, incrementando las cuotas en un 2,9  por ciento:
      – Ordenanza reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias y autorizaciones administrativas de auto-taxis y demás vehículos de alquiler.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por licencia de apertura de establecimientos.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios sociales asistenciales.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de publicidad en edificios o instalaciones municipales.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por la instalación de quioscos en la vía pública.
      – Ordenanza reguladora de la tasa por la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa
     – Ordenanza reguladora de la tasa por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones en terrenos de uso público.
      – Ordenanza reguladora de la Tasa por la reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo y entrada de vehículos a través de aceras.
     – Ordenanza reguladora de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, andamios y otras instalaciones análogas. 
     – Ordenanza reguladora de la Tasa por el tránsito de ganados por la vía pública.
     – Ordenanza reguladora de la Tasa por apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público.
     – Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de utilización de locales municipales

    Tercero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración, incrementando las cuotas a las siguientes cantidades: por acometida a la red, 382,66  euros por cada vivienda o local, y 776,33 euros por cada instalación en suelo industrial;  por el servicio de alcantarillado, 0,08 euros por metro cúbico de agua consumida, y por el servicio de depuración 0,08 euros por metro cúbico de agua consumida.

     Cuarto.- Aprobar la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de piscina e instalaciones deportivas, incrementando el importe de las tarifas de los abonos personales a la piscina, tanto de temporada como de socios de clubes deportivos y alumnos de escuelas deportivas, por el uso de las instalaciones deportivas al aire libre, por la utilización del gimnasio y la cuota de las escuelas deportivas, en las cuantías propuestas.

    Quinto.- Añadir al artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de utilización de locales municipales, un apartado C, conteniendo las cuotas por la utilización de locales por grupos de vecinos para su propio servicio, en las cuantías propuestas.

    Sexto.- Establecer en todas las ordenanzas una bonificación del tres por ciento de la cuota a favor de los sujetos pasivos que domicilien los recibos en entidad financiera.

    Séptimo.- Modificar el artículo 11 de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de suministro de agua potable a domicilio, regulando la liquidación provisional del consumo de agua de obra.

    Octavo.- Someter el expediente al trámite de información pública por espacio de treinta días.
 

     Y no habiendo más asuntos que tratar se levantó la sesión, siendo las veinte horas y veinticinco minutos del día arriba indicado, de lo que, como secretario, certifico.